Tres jóvenes de Maracaibo —de 18, 19 y 22 años— fueron detenidos el 20 de agosto de 2026 por presuntamente comprar dólares a través de mecanismos bancarios a la tasa oficial y convertirlos después en USDT para venderlos en Binance P2P a un precio superior. La cobertura inicial presentó el caso sobre todo como un esquema de «arbitraje ilegal» de divisas. Pero días después apareció un dato procesal más preciso: el Ministerio Público formalizó contra los tres una imputación por captación indebida, delito previsto en la Ley de Instituciones del Sector Bancario. Además, el tribunal no decretó su privación preventiva de libertad, sino medidas cautelares sustitutivas.
Cómo operaba el esquema
Según la información difundida por la Policía Nacional Bolivariana (PNB) y reproducida por medios como Caraota Digital, Adrián Jesús Gómez, José Ángel Hernández y Guillermo José Roldán operaban en la urbanización Altos de Sol Amado, parroquia Francisco Eugenio Bustamante de Maracaibo. La PNB los señaló como integrantes del grupo que llamó «Los Binanceros». El mecanismo descrito por las autoridades comenzaba con la adquisición de dólares mediante subastas y mesas de cambio de la banca nacional a la tasa oficial del BCV. Después, esos dólares eran convertidos en USDT dentro de Binance y revendidos en el mercado P2P a la cotización del dólar paralelo. Durante el procedimiento fueron incautados teléfonos, un equipo informático y una motocicleta, y los tres quedaron a la orden del Ministerio Público.
La cifra que hay que corregir
La nota original de Criptonoticias cita un BCV de 784 bolívares y un USDT de 919 bolívares como el incentivo detrás del esquema. Esas cifras son correctas, pero corresponden al 24 de agosto —fecha en que se publicó la nota—, no al 20 de agosto, día de la detención: el propio texto original lo dice («la cotización de USDT… alcanzó los 919 bolívares este 24 de agosto»). Para el día de la detención, Finanzas Digital reportó un BCV de 777,42 bolívares, mientras otro medio lo situó ese mismo día en 779,95 bolívares: una diferencia menor entre fuentes que no logramos resolver contra el dato oficial del BCV. No encontramos una referencia confiable del precio del USDT específicamente para el 20 de agosto, así que no ponemos aquí una cifra de brecha para esa fecha. Lo verificado es que la brecha del 24 de agosto —cuando se publicó la nota— fue de casi 17%, y que días antes, en la fecha de la detención, el diferencial ya era de un orden similar.
El cargo que apareció después
El 25 de agosto, Notitarde informó que el Ministerio Público formalizó la imputación contra los tres jóvenes por captación indebida. Diario El Oriental reprodujo después la misma información, aunque no es una segunda fuente totalmente independiente: ambos reportes remiten al mismo hallazgo procesal. El delito está contemplado en el capítulo de sanciones penales de la Ley de Instituciones del Sector Bancario. No logramos confirmar contra el texto íntegro de la norma si el tipo penal exige captación habitual de recursos de terceros o si también cubre, de forma más amplia, intermediación financiera o actividad cambiaria no autorizadas —algunas fuentes secundarias lo sugieren, pero no lo dan por cerrado—, así que no afirmamos aquí el alcance exacto del artículo. Lo que sí está verificado es que ese fue el cargo formal comunicado por el Ministerio Público, y que describir el caso solo como «arbitraje ilegal de divisas» deja fuera justamente ese dato.
No quedaron en prisión preventiva
El otro dato procesal relevante también aparece en la información del 25 de agosto: después de la audiencia, el tribunal sustituyó la privación de libertad por medidas cautelares, que según Notitarde incluyen presentación periódica ante el juzgado y una fianza real. Decir simplemente que «los detuvieron» describe bien la actuación policial del 20 de agosto, pero no la situación procesal posterior: fueron detenidos ese día, y tras la audiencia quedaron sometidos a esas medidas en lugar de prisión preventiva.
Qué está realmente verificado
Tres hechos que la cobertura inicial mezcló pueden separarse. Primero, la PNB detuvo a tres jóvenes por un esquema de compra de divisas a tasa oficial, conversión a USDT y reventa en Binance P2P. Segundo, el Ministerio Público los imputó después por captación indebida, no por una simple descripción periodística de «arbitraje». Tercero, el tribunal optó por medidas cautelares y no por prisión preventiva. Lo que todavía no puede afirmarse con lo disponible es cómo seguirá la causa —acusación formal, sobreseimiento, condena— ni si captación indebida se convertirá en el cargo estándar para quien opera USDT contra el BCV en Venezuela. La señal concreta, por ahora, es esa: un delito bancario para procesar una operación cambiaria hecha con criptoactivos, y un tribunal que en esta primera etapa no envió a nadie a prisión.
Las tasas y referencias de mercado citadas corresponden a fechas concretas y pueden cambiar a diario. La descripción de la imputación refleja la información publicada por medios venezolanos y no constituye una conclusión sobre la culpabilidad de los procesados. Este texto es informativo y no constituye asesoría legal, cambiaria ni fiscal.




